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Podrás circular por el arcén con tu moto, pero…

ITV Canarias

Este mes de diciembre nos llega una importante novedad para la seguridad en la circulación de vías congestionadas que afecta a las motos. Y es que por fin podrás circular por el arcén, pero solo en determinadas circunstancias.

Sergio Ordás, Subdirector de Movilidad y Tecnología de la Dirección General de Tráfico, confirmó a medios que a partir de 2021 se permitirá a motocicletas y ciclomotores circular por el arcén en vías atascadas y sin sobrepasar el máximo de 40 kilómetros / hora.

Hasta ahora, en las retenciones, los motoristas y las motoristas tenían prohibido realizar esta maniobra de adelantamiento para ubicarse en la cabecera del atasco, si bien las distintas Asociaciones de usuarios y usuarias han venido reclamando que se les permitiese desde hace años. Hasta el momento era considerado una sanción grave por el Reglamento General de Circulación que estaba sancionada con 200 euros de multa.

Ordás lo anunció en las primeras semanas de diciembre en la revista Tráfico y Seguridad Vial, editada por la propia Dirección General de Tráfico, en la que detallaba que, en circunstancias y condiciones excepcionales, a partir del 2021, Tráfico permitirá invadir el arcén a motocicletas y ciclomotores. Solo en zonas de congestión frecuente y de manera coordinada con el titular de la vía, fuera éste una Comunidad Autónoma, Cabildo, Diputación o Ayuntamiento. En cualquier caso la velocidad máxima para esta excepción será de 40 kilómetros / hora.

Así que, sí, podrás circular por el arcén con tu moto, pero será algo que tardaremos de ver en marcha (porque la DGT tendrá que coordinar esto con la Administración vinculada a la vía) y porque se aplicará excepcionalmente allí donde las retenciones sean habituales.

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