Tras una nueva actualización de la normativa que rige la Inspección Técnica de Vehículos, la Dirección General de Tráfico comunicará a miles de usuarios en todo el país la obligatoriedad a pasar la ITV a todos aquellos vehículos que habiendo sufrido un accidente y declarados siniestro total hayan sido reparados y puestos de nuevo en circulación, o, incluso, aunque estén parados pero no han sido dados de baja.
Esta situación afectará a un mayor número de usuarios de los que se podría esperar. La DGT notificará por escrito y correo postal a todos aquellos propietarios que están en esta situación. El objetivo de este cambio no es otro que el de garantizar la seguridad en las vías públicas. Para ello el propietario deberá certificar a través de la Inspección que el vehículo se encuentra en perfecto estado para volver a circular.
Para que se declare un «siniestro total» en un vehículo no tiene que haberse producido una destrucción total o muy grave del mismo. Ya sea por robo, incendio o accidente, si el coste de las reparaciones supera en un 75% o más (dependiendo de las condiciones de tu póliza) del valor garantizado entonces la declaración de siniestro total es una de las alternativas que la aseguradora manejará. En esta situación el propietario o propietaria no está obligado a deshacerse del vehículo, darlo de baja ni enviarlo a la chatarra. Puede optar a su reparación pero los costes de la misma que excedan a lo que reciba por la declaración de siniestralidad total tendrán que ir por su cuenta. Y ahora, además, una vez finalizada la reparación deberá pasar obligatoriamente la ITV.
Por lo tanto, si es su caso, le recomendamos que acuda cuanto antes a alguna de nuestras sedes, tanto en El Mayorazgo como en Los Rodeos o en La Cuesta – Taco. Recuerde que si solicita cita a través de nuestras webs y realiza el pago de la misma vía online podrá disponer de un descuento de 5 euros.